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Todo lo que debes saber sobre la auditoria retributiva

    techo de cristal

    La implementación del Real Decreto 902/2020 del 14 de Octubre ha establecido una nueva obligación legal denominada Auditoría Retributiva. Sin embargo, es importante comprender en qué consiste esta auditoría, quiénes están obligados a llevarla a cabo y cómo difiere del registro salarial.

    ¿En qué consiste?

    La Auditoría Retributiva implica realizar un análisis exhaustivo del sistema salarial de una empresa con el objetivo de verificar si cumple con el principio de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. Para ello, se requiere obtener la información necesaria que permita evaluar y comparar las remuneraciones en la organización.

    Al realizar esta auditoría, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

    Análisis de los puestos de trabajo.

    Consideración del convenio colectivo y los rangos salariales correspondientes.

    Evaluación del sistema de clasificación interna.

    Revisión del sistema de promoción interna.

    Evaluación de las medidas de conciliación establecidas en la organización.

    ¿Quienes están obligados a realizarlo?

    Las empresas con más de 50 empleados están obligadas a implementar un Plan de Igualdad y, como parte de este, elaborar la Evaluación Salarial siguiendo los requisitos establecidos por la normativa vigente. Aquellas Evaluaciones Retributivas incluidas en los Planes de igualdad que estaban en vigor antes de la entrada en vigor del Decreto Real 902/2020, deberán ser ajustadas a las disposiciones de dicho decreto antes del 14 de enero de 2022. Esto deberá realizarse a través de un proceso de negociación en cumplimiento con el Decreto Real 901/2020.

    ¿Cuáles son las diferencias entre el registro salarial y la auditoría retributiva?

    El registro salarial es un documento que recopila los valores medios y las medianas de los salarios de los empleados, clasificados por grupos y categorías profesionales.

     

    Por otro lado, el Registro Retributivo debe reflejar las medias aritméticas y las medianas de las agrupaciones de trabajos de igual valor dentro de la empresa. A diferencia del Plan de Igualdad, el registro retributivo no se presenta o registra ante ningún organismo público o privado. Sin embargo, es importante tenerlo preparado y disponible en caso de que sea requerido por una Inspección de Trabajo.

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